Construcción
Cumplimiento en construcción: empieza por el estado donde construyes
En construcción el papeleo de firmas deja de ser papeleo: si se te pasa el plazo de un aviso, pierdes el derecho a cobrar. Las reglas son estatales, así que la única forma honesta de escribirlas es un estado a la vez.
Los derechos de cobro en construcción funcionan con plazos y avisos obligatorios que fija la ley de gravámenes de cada estado. Florida es el estado que XOsign ha publicado a fondo, porque es donde se construyó y se usa el producto. Las páginas de abajo cubren el aviso obligatorio del contrato, los cuatro formatos estatutarios de renuncia y el plazo del Notice to Owner. Otros estados aún no están publicados, y preferimos decirlo antes que adivinar.
Por qué esto es estado por estado
Los derechos de gravamen, los plazos de aviso, los formatos de renuncia y las consecuencias de saltarse un paso son creación de la ley estatal. Un plazo de 45 días en un estado son 20 días en otro, y un formato obligatorio en un estado es desconocido en el siguiente.
Por eso esta sección no ofrece un resumen nacional. Una respuesta general sobre gravámenes es la clase de respuesta que le cuesta un gravamen a alguien.
Otros estados
Hoy solo está publicado Florida. Seguirán más estados, en el orden en que los clientes los pidan. Nada en este sitio debe leerse como una descripción de la ley de gravámenes de otro estado.
Si trabajas fuera de Florida, las dos preguntas que valen la pena con un abogado de construcción de ese estado son: qué aviso debo entregar y para cuándo, contado desde qué evento.
Qué hace XOsign al respecto
- Envía contratos de obra, órdenes de cambio y renuncias a firma con un rastro de quién firmó qué y cuándo.
- Explica cada cláusula en lenguaje sencillo, en el idioma del firmante, para que una cuadrilla que firma una renuncia sepa a qué renuncia.
- Conserva juntos el original y la versión ejecutada, con huella y marca de tiempo.
- No calcula tus plazos ni te dice qué aviso entregar. Eso son juicios legales.
Qué preguntarle a un abogado
- ¿Qué avisos debo entregar en esta obra y qué evento inicia cada plazo?
- ¿Qué formato de renuncia aplica a este pago y renuncia a más de lo que pretendo?
- ¿Mi contrato incluye todas las divulgaciones que exige mi estado para este tipo de trabajo?
- ¿Qué pasa con mis derechos de gravamen si el dueño ya le pagó al contratista general?
Preguntas frecuentes
¿Cubren estados además de Florida?
Todavía no. Solo Florida está publicado, y no describiremos la ley de gravámenes de otro estado hasta investigarla y documentarla.
¿Se pueden firmar electrónicamente las renuncias de gravamen en Florida?
Florida adoptó la UETA en el §668.50, y los formatos estatutarios del cap. 713 normalmente se firman como los demás documentos. Si una renuncia concreta quedó bien ejecutada en una obra concreta es una pregunta para tu abogado.
XOsign no es un bufete de abogados y esta página no es asesoría legal. Explica en lenguaje sencillo lo que la ley generalmente exige, para que puedas tener una mejor conversación con tu propio abogado. Las leyes cambian según el estado y con el tiempo, y solo un abogado con licencia que conozca tu situación puede decirte qué hacer con la tuya.
Mira una renuncia explicada antes de firmarla
Abre el documento de muestra y observa cómo se ve una explicación en lenguaje sencillo sobre un documento de construcción.